martes, 17 de febrero de 2015

Pensamientos en voz alta: El Poder Judicial por Roberto C. Suárez

El Estado es la realidad de la libertad concreta decía Hegel, en Filosofía del Derecho (Jorge G. F. Hegel, Filosofía del Derecho, p. 215 parágrafo 260), y por ello, quiero iniciar estos pensamientos en voz alta, señalando la consabida noción que asevera que la división de poderes es un elemento distintivo del Estado de Derecho, propio de toda constitución liberal burguesa. 
Al decir más apropiado de Schmitt: “Es el principio orgánico destinado a asegurar, al ponerse en práctica, la moderación y controlabilidad de todos los órganos del poder del Estado.”. (Carl Schmitt, Teoría de la Constitución, Alianza Universidad Textos, 2a reimpresión, p. 186), el también conocido sistema de pesos y contrapesos de cuño trabajado por Montesquieu, quien a su vez -también conocido es- lo había tomado de la labor política de Aristóteles y del “Segundo Tratado del Gobierno Civil”, publicado por el contractualista John Locke; sistema orgánico, entonces, que describe los fundamentos de la organización política liberal, consagrado en la famosa obra que llevó por título: “El espíritu de las leyes”. 
En estas líneas, particularmente quiero referir algunas ideas sobre uno de esos poderes: El poder judicial, poder integrante de ese sistema de pesos y contrapeso antedicho, que algunos juristas y no tanto, han llamado burlonamente LA CENICIENTA DE LOS PODERES.
Pero al respecto y liminarmente, hagamos un rápido repaso de nuestra historia vernácula en materia de Justicia. 
En estas tierras, la Administración de justicia indiana se apoyó en una organización cuya primera instancia estaba a cargo de jueces legos – los alcaldes –, ya que privilegió un orden moral más que técnico, que nacido del propio “común” resolvía los problemas “por y entre iguales”.
En ese orden, el Juez lego, como vecino caracterizado, estaba capacitado para interpretar el derecho, ya que éste se constituía no solo con fuentes legales sino también consuetudinarias, ejemplares y de equidad.
La idea de justicia indiana se encarnaba, en consecuencia, en el ideal del “dar a cada uno lo suyo” y en el “buen juez”, y dejaba para instancias ulteriores, aquellas cuestiones de mayor envergadura para que sean tratadas por el juez letrado.
Nobleza obliga (quien escribe es abogado), desde antiguo existía un prejuicio contra los abogados y hombres sabedores del derecho, en razón de las suspicacias legales vertidas por éstos en los distintos litigios y demás negocios jurídicos, en donde actuaban, aunque esta situación comenzará a revertirse a mediados del siglo XVIII, para alcanzar finalmente una judicatura letrada, recién en el siglo XIX. 
Pero ya sean estos jueces legos o letrados, lo que no cambió hasta nuestros días -en sentido amplio- fue el método de elección de jueces, reservando tan altas magistraturas a los hombres del derecho y entre ellos, a un selecto grupo, que algunos mal entretenidos llamaban y llaman despectivamente: LA FAMILIA JUDICIAL.
Nuestra obra cumbre del gaucho vencido y socializado, fruto de una generación de aristócratas del granero y con olor a bosta, supo aconsejar al hombre de a pié que se hiciera amigo del Juez, y que no le diera de que quejarse, y que cuando este Magistrado se enojase, el mismo ciudadano debía no levantar la cabeza, porque en palabras de Hernández: “siempre es bueno tener, palenque ande ir a rascarse.". 
Lo cual nos describe un poco la situación de sumisión, de temor, aconsejada al ciudadano, en aquel imaginario colectivo de los pudientes de la generación ochentosa, acopiadora de granos levantados con el sudor ajeno y lectores rastacuer (Del frances rastaquouere: nombre que dan los parisienses a los extranjeros que pretenden llamar la atención derrochando dinero) de Juvenilia, el cual hoy también encuentra alguna vigencia no menor -pensemos que un Juez es amo y señor de tus bienes, de tu persona, de tu familia, y porque no, de tu buen nombre y honor-.
Motivo por el cual, lo de CENICIENTA DE LOS PODERES, deberá entenderse con un apropiado encomillado.
En definitiva, el motivo de estas palabras es señalar que me hace ruido, porque me resulta extraño, que un Magistrado Vitalicio nos de cátedra de República y Democracia en la Argentina.
Porque me resulta raro que en pleno siglo XXI exista entre nosotros un Funcionario Público que no sea fruto del voto popular y que además, se encuentre exento de tributaciones a las ganancias, por ejemplo.
Para terminar, no pretendo hacer un alegato en contra de los jueces en particular, puesto que muchos, sabios como Salomón y valientes como el Quijote, día a día luchan contra molinos de viento, en una sociedad “sumamente perfectible”, sino más bien contra la JUDICATURA, en tanto Institución, que cuando ha podido, ha sabido meter la cola entre las patas, ha negado justicia en tiempos hostiles a la democracia y que sin ser nada más y nada menos que la boca de la ley, para manifestarse mediante las SENTENCIAS, ha tenido, tiene y tendrá intromisiones, desde el punto de vista político, respecto de los otros dos poderes, que son el fruto transitorio del voto popular, valiosa joya de nuestra DEMOCRACIA. 

Roberto C. Suárez

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