OBERTURA DEL 31 DE Agosto de 2021:
TANGO, FILOSOFÍA Y DERECHO
Debido a la experiencia de muchos años como abogado del Estado y los tribunales, sumados a sus lecturas y docencia, el escriba llegó a una primera conclusión: que el derecho era lógica y concepto, así lo difundió entre los funcionarios abogados más jóvenes en distintos organismos.
Lógica en un doble sentido de lógica jurídica kelseniana y lógica dialéctica en el sentido hegeliano. Y concepto en el doble sentido de lo que es el concepto para la representación –lógica formal- y concepto en sentido hegeliano de universalidad, particularidad y singularidad. Tanto las lógicas como los conceptos en sentidos históricos-temporales.
Muchos de quienes lo escuchaban adoptaron esa idea como principio, así se lo dijeron en muchas oportunidades; pero el escriba fue advirtiendo que faltaba algo más para que la definición fuera completa, pero no lo podía ver claro.
Es que con la primera definición entraba toda la dialéctica del poder, del Estado-Individuo, del Estado-corporaciones, del Estado-sociedad civil, etc. Incluso el necesario componente ideológico, pero éste no aparecía muy claro dentro de un esquema racional del derecho.
Lo pudo ver claro con sus lecturas del filósofo del derecho argentino Carlos Cossio: la valoración, imprescindible en un Juez, imprescindible en las partes de un proceso, imprescindible en la sociedad civil que valora los hechos.
No vamos a entrar aquí en los largos debates teóricos sobre qué es ideología hoy, ni el porcentaje que le corresponde a los medios de comunicación y redes sociales en esa valoración.
Valoración no sólo del Juez sino también de las partes. Ocurre que los primeros tienen patológicas valoraciones, exageran sin fundamento en ningún lugar racional que sirva como punto de apoyo.
La valoración como esquema que tenga en cuenta los valores que surgen del propio orden jurídico y Tratados Internacionales, como los derechos humanos y sociales; y los valores en el sentido de axiología filosófica: el bien, la verdad, la belleza, la justicia, la justicia social, la libertad (aquí no puede faltar una lectura reflexiva de alguno de estos autores: Carlos Cossio (“Teoría de la Verdad Jurídica”), Werner Goldschmidt (“Introducción filosófica del derecho”), Arturo Enrique Sampay (“Constitución y pueblo”), las páginas finales de “Ciencia de la lógica” de Hegel, Robert S. Hartman (“El conocimiento del bien”), Antonio Gómez Robledo (“Meditación sobre la Justicia”) o, más atrás, Aristóteles (“Ética a Nicómaco”), Platón (“Fedón”, “Parménides”, “Sofista” o “La República”)o y la muy buena elaboración de Javier Azzali en la “Constitución de 1949. Claves para una interpretación latinoamericana y popular del constitucionalismo argentino”.
Cuando un Fiscal más o menos progre decide no acompañar a los trabajados y convincentes argumentos de las defensas para rechazar la nulidad de una causa viciada hasta el tuétano es porque valora más allá de los principios que se han borroneado aquí. Pueden ser los valores non santo de la corporación judicial; pero los jueces que deciden tratar la contienda es porque valoraron que los argumentos de las defensas merecen tratamiento. Son valores que surgen del propio orden jurídico constitucional como el debido proceso, el derecho a la defensa, en fin.
Siempre se debe tener en cuenta que las valoraciones se deben hacer en el entramado histórico pero en aquellos casos que la tradición sentencie en contra de ampliar derechos para las mayorías o minorías excluidas se debe estar a los valores constitucionales de un Estado social y democrático de derecho.
Los casos son infinitos y los problemas múltiples, pero los jueces, como Arquímedes, tienen que tener un punto de apoyo convincente para decidir de una u otra manera, con argumentos sólidos y coherentes dentro del tipo de Estado elegido por este bendito país.
Es cierto que el derecho no le niega buenas razones a nadie. Hegel trata con ironía a aquellos juristas y jueces que “dan una buena razón para una cosa mala y creen que con eso está justificada”.
Sería hora de terminar esta farsa en el Poder Judicial, reformar los códigos procesales y regular en el sentido dado aquí o cualquier otro más justo y racional el margen de valoración de los jueces, atenidos muchas veces al “capricho personal” o el “capricho del príncipe” y entendemos “príncipe” aquí los deseos inconfesables de Paolo Rocca o cualquier integrante del poder económico y mediático.
No busquen la salida restrictiva para que ningún juez valore porque eso es imposible: todos los hacen, tomemos el “toro por las astas” de este lado de acá y hagámonos cargo de este problema legislativamente. Si se apartan de los cánones de esa valoración es nulo el fallo o el dictamen.
Es posible que la reforma no cubra todas las expectativas pero, al menos, se achica el margen de “maniobra” a tal punto que sea “evidente” la contrariedad del Juez. Cambiar jueces es muy difícil. Es como la nobleza en la edad media.
¿Y qué tiene que ver este texto con el tango? Ocurre que es tango lo escrito: es “un sentimiento triste”, “un lamento llorón” por la infidelidad de la “novia”.
Queda con un consuelo: la personal definición del derecho: El derecho es lógica, concepto y valoración.
Y trabajo para el hogar.-
Vamos al texto:
Georg W. F. Hegel |
Roberto Goyeneche |
A pocas
cuadras del Sanatorio Anchorena donde moría Roberto Goyeneche alguien que
podía ser el que escribe escuchaba "Che bandoneón", en la versión de
Baffa-Berlingieri, con la voz del "Polaco", esperando el desenlace,
que los medios anunciaban.
El tango nos había llegado de chico a través de una
colección de discos de vinilo que había comprado nuestro padre, quien era
simpatizante de Ángel Vargas, y también porqué una tarde de 1969, un pibe que estaba en
su pieza tuvo que correr hasta el televisor cuando una música le trituró los
huesos para siempre, era una melodía que contemplaba con lágrimas en los ojos; el programa era "Sábados Circulares de Mancera", el músico Astor
Piazzolla, quién con un pie en el piso y otro apoyado en un banquito interpretaba en el bandoneón
"Adiós Nonino".
Siempre
supo, que iba a estudiar en Buenos Aires, una ciudad conocida por esa música;
fue duro abandonar el pago, pero mucho después recorriendo las calles de esa
ciudad mítica supo y sabe que hay un rezongo de bandoneón en cada paso. La
voz del "Polaco" la descubrió adolescente a través de la radio en
La Paz, Entre Ríos, no conocía el significado de las palabras
"fraseo", voz "aguardentosa", pero era una forma de cantar
diciendo.
Después su
voz en las películas "El Exilio de Gardel" y "Sur", de Pino
Solanas, popularizaron mucho su figura entre la juventud ochentosa.
"Y hoy
que no vale mi vida, ni este pucho de cigarro, sólo sé que son de barro, el
desprecio y el rencor", cantaba el "Polaco", por televisión, a
principios de los 90.
Por aquella
época ya sentía el cansancio de ser docente en "Elementos de Derecho
Penal y Procesal", en la Facultad de Derecho de la UBA, llegaba a la
conclusión que de ninguna manera el derecho podía ser analizado sólo
desde el derecho a lo Hans Kelsen: la historia, la economía, la sociología
daban otras respuestas pero no lo satisfacían; sólo la metafísica filosófica
hegeliana se hundía en la gramilla para sacar flores de la tierra húmeda, leerla
era despegarse de la realidad hacia la abstracción para volver a ella copioso
de fundamentos lógicos y conceptuales. Es que el derecho es básicamente eso:
Lógica y Concepto, pero en el sentido hegeliano de una lógica dialéctica que
une el concepto y la realidad en la idea. Las ideas son protagonistas de la
lucha histórica de los hombres, y la
"lucha por el derecho" y la justicia.
En Hegel
estaba todo eso y más los principios últimos del pensar que se fusionaban con
la idea del logos primero, al que hace referencia, con mirada judeo cristiana
el Capítulo 1, del Evangelio de Juan. De esa forma se conseguían muchas
respuestas, a problemas que han aquejado al hombre a lo largo de su cultura: las respuestas dadas por la razón y la fe.
¿Qué tienen en
común el nacimiento de Hegel en el centro de Europa, diecinueve años antes de
la Revolución Francesa y la muerte de un cantor de tangos que cantaba
diciendo, contándonos historias como el "Polaco" Goyeneche en este
-al decir borgeano- "arrabal sudamericano"?: La pasión infinita
con que hacían lo que hacían.
La lógica de
la contradicción del mismo Hegel, de unir personas tan diferentes en ese punto
en común quizás el más importante de todos para fundamentar una metafísica: la
pasión, es el gozne entre Stuttgart en 1770, y Buenos Aires, en 1994.
Esa que a
cada trance, nos permite y da conciencia que estamos vivos.
Vaya este
recordatorio tanguero y filosófico para celebrar la coincidencia.
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