Pedro Biscay |
Por tres votos
contra dos, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió aplicar la regla
del 2x1 a los genocidas responsables de la comisión de delitos de lesa
humanidad. Un fallo que nos hace retroceder en materia jurídica y obligará a
plantear y discutir nuevamente la hermenéutica
y principios jurídicos esenciales, aplicables a los crímenes cometidos
por la última dictadura cívico militar. El fallo produce dolor, bronca e
inseguridad. A través de la Corte Suprema, el Estado le ha dicho a los
criminales más atroces que ha conocido la historia del país, que pueden estar
libres, que -en cierto modo- han sido perdonados.
Los fundamentos
utilizados por la mayoría se circunscriben en la aplicación de la ley penal más
benigna, pero eluden aspectos y cuestiones históricas como la dimensión
estructural de la impunidad que los criminales responsables del genocidio,
lograron construir gracias al poder de fuego que detentaron durante los
primeros años de la transición democrática. Desconocer que durante años, los
genocidas gozaron en libertad del beneficio de la leyes de impunidad, que
impusieron al Estado Argentino en base a la amenaza y el poder de fuego de los
tanques, implica equiparar la gravedad social e institucional de estos delitos
con el resto de los delitos comunes.
No es lo mismo un
robo a mano armada que secuestrar, torturar, violar, matar, apropiarse de niños
y desaparecer secuestrados. El primero es un delito que conforma el núcleo de
la conflictividad en cualquier sociedad. Los segundos son delitos vinculados
con la afectación universal a bienes jurídicos y que por tanto, agreden a la
humanidad en su conjunto. Por eso, la jurisdicción universal es un ejemplo
claro de una regla jurídico penal desarrollada al amparo del conocimiento e
investigación de hechos criminales que han sido considerados por la comunidad
internacional como contrarios al ius cogens. Desconocer
los elementos de contexto histórico que revisten estas atroces prácticas criminales,
sólo puede conducir a sentencias dictadas sin un nomos, es
decir sin un anclaje entre historia y derecho. Así fallado el caso, a pesar de
estar revestido de formalidades jurídicas y disquisiciones leguleyas, resulta
incompleto, sin base jurídica y primitivo a luz de los avances alcanzados por
la jurisprudencia en esta materia. Para ser claros: no hay razonamiento
jurídico en el fallo, toda vez que el voto de la mayoría traduce en términos
jurídicos, las relaciones de fuerzas que acompañan el clima de época que
atraviesa el país. Por eso se atiene a una fuentes de interpretación del
derecho más sencillas: la letra estricta de la ley, sin consideración del
sentido jurídico que aquella expresa y obviando que la ley 24390 instrumentaba
una respuesta político criminal frente al crecimiento del encarcelamiento
preventivo y las violaciones al principio de plazo razonable en casos de
delitos comunes, que no se juzgaban en un tiempo menor, no tanto como resultado
de la ineficiencia sino de la sobre congestión del sistema penal utilizado
durante los años noventa como solución punitiva a los problemas de pobreza y
exclusión que el neoliberalismo iba generando.
Dado que no se
puede desconocer que los delitos cometidos por los responsables del genocidio
son delitos de lesa humanidad, tampoco se puede pasar por alto que requieren de
sanciones apropiadas por parte del Estado y del desarrollo de una política
pública orientada a fortalecer las investigaciones (circunstancia que a través
del desmantelamiento de los programas de Memoria Verdad y Justicia, fue
activamente desalentada desde el cambio de gobierno). El Estado -en todas sus
instancias- debe garantizar la imposición de sanciones suficientes y
proporcionales a la gravedad del delito cometido, bajo el riesgo de no hacerlo
y tornar ilusoria la reparación judicial por la que debe bregar el sistema de
justicia, especialmente frente a este tipo de delitos. La única
proporcionalidad posible entre estos delitos y la condena impuesta es la
garantía de prisión efectiva. No hay otra manera de hacer justicia que no sea a
través de la cárcel porque la atrocidad de los delitos cometidos, vuelve
insuficiente cualquier otra respuesta respetuosa del estado de derecho.
Anticipar la libertad viola el principio de sanción proporcional al frustrar la
búsqueda de justicia.
Tampoco puede
pasarse por alto que la aplicación de la Ley 24.390 - que estuvo vigente entre
el 2/11/94 y el 30/5/01 - a un genocida condenado, que recién fue detenido
preventivamente el 1/10/07 y bajo la vigencia de otra ley que expresamente
establecía otro modo de computo de la prisión preventiva, de ningún modo puede
conducir a aplicar una ley más benigna, si, durante la vigencia de aquella, el
genocida se benefició de otras leyes que lo sustraían de la jurisdicción, es
decir que impedían su juzgamiento. Es perverso prender que se aplique la ley
más benigna cuando las políticas de impunidad (instrumentadas a través de las
leyes de punto final y obediencia debida + indulto) habían permitido a los
genocidas caminar libremente sin riesgo alguno de ser sometidos a la
jurisdicción. La ley del 2x1 no podía aplicarse en aquel momento porque los
genocidas estaban blindados frente a la jurisdicción, tampoco se puede aplicar
ahora cuando han sido condenados, simplemente porque en el medio se dictó otra
ley (Ley 25430) que es la vigente al momento del juzgamiento y condena del
hecho. El voto de la mayoría omitió incorporar el análisis de estos aspectos,
sostiene que en el caso existe un problema de sucesión temporal de leyes
penales, cuando en realidad sola es aplicable una ley: aquella que material y
jurídicamente podía aplicarse desde el momento en que los genocidas volvieron a
ser sujetos pasivos de la jurisdicción. Ese momento coincide con el fallo de la
Corte Suprema de Justicia de la Nación que declaró la nulidad de las leyes de
punto final y obediencia debida en el año 2005. Antes no había posibilidad de
juicio, ni proyección de juridicidad alguna sobre los responsables del
genocidio durante los años del beneficio de las leyes de impunidad y los
indultos. Mal puede entonces pretender subsumir los hechos criminales a un
marco legal que estaba derogado para cuando los genocidas volvieron a ser
susceptibles de juzgamiento. También es errónea la referencia a los delitos permanentes,
cómo lucidamente explicó hace pocos días el Fiscal Pablo Parenti, responsable
de la Unidad especializada para casos de apropiación de niños durante el
terrorismo de Estado.
Los jueces de la
Corte Suprema deciden hoy sobre la suerte de cada uno de los Argentinos. Por
eso, han dictado un fallo que, en los hechos, equivale a un indulto. Cerca de
700 genocidas que torturaron, mataron, se apropiaron de niños nacidos en
cautiverio, violaron a sus secuestrados, podrían estar libres mientras que los familiares
de detenidos desaparecidos, las Abuelas de Plaza de Mayo y las Madres, siguen
-día a día- luchando por un país sin impunidad y con memoria, con verdad y con
justicia. Ningún habitante de este país podrá estar tranquilo de ahora en más,
porque hay genocidas sueltos.
Pareciera que el
tiempo y el esfuerzo cotidiano por construir una país democrático, se desvanece
de un momento a otro, por el arbitrio de jueces designados por decreto o
aferrados a una silla a través de una medida cautelar. Pero en realidad, no se
trata de un cambio de criterios jurídicos. Se trata de un clima de época: el
clima que cimienta las bases de una nueva etapa de impunidad en el país. Por
eso, pasó livianamente la designación de jueces por decreto. Los mismos jueces
que el 3 de mayo de 2017 votaron aplicando un disparate jurídico. Por eso pasó
livianamente el sobreseimiento de la causa “megacanje” que incremento los
compromisos de la deuda externa y facilitó el pago de comisiones escandalosas a
los bancos colocadores. Por eso, Milagro Sala sigue ilegalmente privada de su
libertad, esperando una respuesta de la Corte Suprema que usa su poder para
liberar genocidas, en vez de ocuparse de un caso de privación ilegal de la
libertad, tal como lo han diagnosticado diferentes organismos internacionales.
Cuando en un país
reina la impunidad, todos los habitantes estamos en peligro. Aunque, seamos
justos, todos no. Quienes detentan el poder real, siempre tienen la habilidad
de ponerse por encima de la ley, simplemente gozan de los privilegios que
definen su condición social. Pueden hacer golpes de estado, tirar al Río de la
Plata hombres y mujeres anestesiados desde la bodega de los aviones. Pueden
violar y matar. Pueden robar niños nacidos en cautiverio, pueden profugarse,
robar empresas, secuestrar y pedir recompensas. Pueden apropiarse también de
bancos y ayudar a los ricos de este país a hacer fortunas a costa del Estado.
La familia Macri es uno de esos casos emblemáticos.
Si ellos pueden
hacerlo y quedar en libertad, también pueden sentar las bases sociales para el
saqueo del país, tal como hicieron durante la dictadura cívico militar y
durante el menemismo. Por eso, este fallo no puede ser visto por fuera del
clima de época, cuya nota característica es la entrega y la sumisión a poderes
extraterritoriales y financieros. De un lado, el fallo de la Corte y del otro,
las renuncias y concesiones que han pactado las autoridades políticas del país
para someter al conjunto de los Argentinos a un nuevo ciclo de endeudamiento
externo, forman parte de la misma telesis de poder. El día que esas cláusulas
de los acuerdos de deuda externa se estudien en profundidad, el momento en que
se hagan públicas y entendibles (digo entendible porque jamás serán digeribles
por las personas de bien de este país), para todas y todos los argentinos,
veremos con mayor claridad los profundos vínculos entre el respaldo a los
genocidas y las políticas de sumisión al capitalismo financiero. Ambos hechos
provocan hoy vergüenza porque representa un retroceso en dos cuestiones en las
que éramos un país modelo.
Hoy podemos decir
que el país cambio. Cambio de signo y de sustancia. Las fuerzas policiales
salen de cacería y reprimen, luego son felicitadas por una Ministra cuyas
decisiones de política pública alejan el control cívico de la fuerza, para
dotarlas de grados cada vez más amplios de autonomía. Mientras las políticas
públicas del gobierno golpean en el 8M, los machitos matan a las chicas en
forma individual o de manera colectiva, previamente las violan para demostrar
quien manda. Y el gobierno guarda silencio de la violencia de género, al tiempo
que sus trolls acusan de “feminazis” al movimiento de activistas. Los
organismos públicos son cooptados por gerentes y responsables financieros de
corporaciones, cierran sumarios, dan de baja investigaciones, dejan de
supervisar la actividad financiera ilegal y abren las puertas para el delito
económico organizado. Un estado capturado en toda su línea. Los jueces llevan
adelante su propia persecución, como lo hacen con la causa de dólar futuro en
la que no tienen una sola prueba y por eso dictan resoluciones judiciales que
no son más que una doxa, es decir un conocimiento vulgar y opinativo acerca de
incumbencias que le son ajenas a los jueces.
Por eso vivimos
en un clima de impunidad absoluta, donde los genocidas puedan escaparse o
declarar en la televisión que no están arrepentidos. ¿Qué estándar vamos a
exigirle entonces a un banquero cuya naturaleza es jugar con el riesgo de la
especulación a costa de provocar una corrida bancaria y destruir el ahorro de
los argentinos? ¿Alguien puede imaginar que la justicia que libera represores,
va a meter preso algún delincuente económico por abusar de dinero s ajenos?
Si nuestro
sistema de justicia no está a la altura de juzgar los delitos más graves de una
sociedad, se vuelve imposible cualquier proyecto de país que busque afianzar un
ideal de democracia, de justicia y de solidaridad. Un país que atraviesa estas
dificultades requiere de una presencia masiva en las calles de todos los
movimientos sociales, de los movimientos de derechos humanos, de los artistas,
de los intelectuales y de la gran mayoría del pueblo que sufre las
consecuencias de las políticas que se están viviendo en el país.
Por eso, el
miércoles 10 de mayo a las 18.00 hs hay que marchar a Plaza de Mayo diciéndole
a los jueces que NUNCA MÁS NINGUN GENOCIDA SUELTO.
(") Pedro Biscay es abogado, y Director del Banco Central
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